El concierto económico vasco, ¿un caso de desigualdad tributaria?
El régimen tributario de los territorios forales es una excepción en el sistema español, que puede generar cierto malestar en los demás territorios. Revisamos los detalles de este modelo de contribución con Alain Cuenca, profesor de Economía y Dirección de Empresas en la UAH.
Alain Cuenca |
La raíz histórica de este sistema parte de 1845, cuando la reforma fiscal de Mon y Santillán trató de unificar los diversos sistemas fiscales que convivían en España hasta ese momento. En el caso de los territorios forales, el acuerdo se fue transformando hasta 1876, momento en el que se define que tributarían al Estado mediante un cupo, recaudado de los ingresos de los contribuyentes vascos. Todo ello evolucionó, hasta 1939, momento en que el régimen franquista suprimió la hacienda foral de Vizcaya y Guipúzcoa, pero mantuve el privilegio de Álava y Navarra, en agradecimiento por su apoyo durante la Guerra Civil. Más tarde, la Constitución de 1978 ‘permitió, a través de una disposición adicional, que el Estatuto de autonomía del País Vasco, que emana de ella, incluyera el sistema financiero tradicional de Concierto’, comenta el profesor.
En este proceso de transformación, el Concierto actual ha terminado siendo muy diferente del anterior a la Guerra Civil. En ambos casos, son las Diputaciones forales las que gestionan los impuestos concertados, pero el Cupo ha cambiado. ‘Ahora el País Vasco paga una parte de los gastos del Estado no asumidos por la Comunidad Autónoma, el 6,24%, mientras que, antes de la guerra, se pagaba una parte de los ingresos que se recaudaban’, explica el profesor Cuenca. Se trata de cálculos complejos que, en opinión del profesor, permiten un trato de privilegio con la región foral. “El Cupo excluye expresamente una aportación a los gastos de las demás CCAA, por lo que estas diputaciones no contribuyen de manera igualitaria a la solidaridad territorial, a pesar de ser la segunda región en nivel de PIB per cápita en España.”
Aunque las demás Comunidades Autónomas tienen capacidad normativa y recaudatoria sobre algunos impuestos, como el IRPF, el de transmisiones patrimoniales o el de sucesiones, ‘en ningún caso se da un sistema como el de País Vasco y Navarra, donde el Gobierno Central no recauda ningún tributo. Es un caso único en el mundo’, expone el profesor.
De esta forma, ‘puede suceder que los ciudadanos vascos se vean beneficiados por unos servicios en los que el Estado invierte más que en otras Comunidades Autónomas, lo que genera una gran desigualdad. De hecho, desde el pasado 2010, el saldo de las relaciones financieras entre el Estado y el País vasco es negativo, en pequeña cuantía, a favor del País Vasco. Sin embargo y en compensación, el aspecto positivo es lo que llamamos la responsabilidad fiscal: el gobierno vasco gasta lo que recauda de los contribuyentes. Si gasta mal, rendirá cuentas en las elecciones’.
Publicado en: Reportaje