Pérez de Castro: "Los ciudadanos tienen derecho a la información, pero no a la gratuidad en la red"
El sector de los internautas ha tenido una gran convulsión en las últimas semanas a cuenta de la disposición final primera del anteproyecto de Ley de Economía Sostenible que hace referencia a la modificación de la Ley de Propiedad Intelectual para proteger la propiedad intelectual frente a la piratería en Internet y que parecía establecer que será la Comisión de Propiedad Intelectual la que se encargue, sin orden judicial previa, de cerrar las páginas web que tengan contenidos que vulneren los derechos de autor. La catedrática de la UAH, especialista en propiedad intelectual, Nazareth Pérez de Castro, opina sobre este asunto.
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Nazareth Pérez de Castro, catedrática de Derecho Civil de la UAH |
-¿Por qué se ha formado tanto revuelo, profesora?
-Bueno, para empezar, hay que hacer una crítica importante al anteproyecto de Ley de Economía Sostenible porque se emplea una técnica de modificación de leyes poco adecuada. Las Disposiciones finales de este anteproyecto incluyen múltiples modificaciones de las materias jurídicas más diversas: arrendamientos, seguros, créditos, hipotecas, medio ambiente,etc., y, entre ellas también esta la relativa a Propiedad Intelectual. Yo creo que hubiera sido mucho más sensato buscar una fórmula distinta evitando el tratar de abordar prácticamente todo el Ordenamiento Jurídico mediante disposiciones finales.
El revuelo también proviene de que en las informaciones iniciales sobre el contenido del Anteproyecto se omitió cualquier referencia a la propiedad intelectual y ese silencio pudo provocar suspicacias. A ello puede añadirse el que no sólo hubiera sido bueno la comunicación con las partes interesadas, sino también la de los propios departamentos ministeriales, Claramente al Ministerio de Cultura la preocupa la defensa de la propiedad intelectual y a otros les atañe la defensa de las comunicaciones y la utilización de las nuevas tecnología a fin de lograr competitividad.
-¿La modificación que pretendía hacer el gobierno es legal o no lo es?
-Primero me gustaría señalar que con independencia de la actual polémica la propiedad intelectual está protegida legalmente mediante la Ley de 1987 y sus sucesivas modificaciones, y que en esta ley ya se estableció la existencia de una Comisión que depende del Ministerio de Cultura, aunque ciertamente en el Anteproyecto se le otorgan competencias nuevas. También hay que recordar la vigencia de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico y que es a esta ley, en concreto a su artículo 8, al que atiende la Disposición Final primera del anteproyecto. Se manifiesta que se introduzca expresamente en el artículo 8.1 la salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual. Lo cierto es que sin necesidad de que se establezca expresamente, es necesariamente ya así, como puede corroborarse mediante el reconocimiento y protección de esos derechos en el marco de la Ley de propiedad Intelectual. Así mismo, ese artículo 8 (antes de lo que manifiesta el anteproyecto) atiende a las restricciones a la prestación de servicios y procedimiento de cooperación intracomunitaria. En él se manifiesta que si un prestador de servicios atenta contra los principios a los que se refiere esa norma los órganos competentes para su protección, en atención de las funciones legalmente atribuidas, pueden adoptar las medidas necesarias para interrumpir la prestación o para retirar los datos que los vulneran. Y se añade que para dar cumplimiento a esas medidas de restricción o adoptarlas se respetarán, en todo caso, las garantías y procedimientos para proteger, entre otros supuestos, los datos personales, la libertad de expresión o la libertad de información, cuando pudieran resultar afectados. En último término el mismo artículo requiere de la intervención de la autoridad judicial competente (cuando la Constitución y las leyes reguladoras de los derechos y libertades lo prevean) en tanto que garante del derecho a la libertad de expresión, de información, de producción y creación literaria, artística, científica, etc.
La modificación del Anteproyecto es que se le encomienda a la Comisión de Propiedad Intelectual la salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual frente a vulneraciones por los responsables de servicios de la sociedad de la información. Obviamente, esa Comisión es un órgano administrativo y lo que se pretende es que vele por la protección de la propiedad intelectual, si su actuación recayese sobre algunos de los supuestos que se refieren en la redacción actual del artículo 8 (Libertad de información, libertad de expresión , etc) claramente sería precisa la intervención de la autoridad judicial. Sin embargo, tengo mis dudas respecto a que ello se corresponda con el acceso (sin consentimiento de los titulares) a nivel colectivo y global de creaciones o prestaciones protegidas por la propiedad intelectual. No parece que sea lo mismo ofrecer contenidos de información o de opinión que ofrecer contenidos que son ilícitos al amparo de la Ley de propiedad intelectual: una obra cinematográfica no es información.
Otro problema es obtener información sobre los infractores y en este punto el Anteproyecto debería ser claro respecto a que no se está permitiendo sin la intervención de la autoridad judicial la comunicación de datos de los usuarios, ni a la intervención de sus comunicaciones. Se refiere el Anteproyecto de forma poco clara a la información sobre los prestadores de los servicios de la sociedad de la información y que en ella se contempla el que los prestadores de servicios en España deben hacer constar registralmente el nombre de dominio o dirección de Internet y ofrecer información general sobre su empresa. Asimismo tienen el deber de colaborar con las autoridades.
Dicho lo cual tengo que aclarar que ni la Comisión de la Propiedad Intelectual se crea ex novo, porque ya existe desde hace mucho tiempo, aunque se pretende ampliar sus competencias. Y tampoco es nuevo el que la propiedad intelectual esté protegida ya sea en el mundo analógico o digital.
-¿Qué opina de los que dicen que el conocimiento debe ser libre y gratuito en Internet?
-Los ciudadanos tienen derecho a la información, por supuesto, y a acceder a la cultura. Pero no respaldo que todo lo que circule por Internet tenga que ser libre y gratuito. El esfuerzo creativo y económico de quienes crean obras tiene que ser compensado y ellos podrán decidir si lo dejan circular libre y gratuitamente o no.
Además soy bastante escéptica respecto a la noción de gratuidad en la red, porque estas redes inmensas que existen se nutren de publicidad y las empresas precisan de contenidos porque si no, no son interesantes para los usuarios. El problema está en que esos contenidos no siempre pueden ser gratis. Si ello fuera así, por qué no requerir la gratuidad en los ordenadores, en las líneas telefónicas, en las de acceso a Internet, etc. Tal vez haya que buscar nuevas fórmulas para encontrar un equilibrio entre los usuarios, las empresas y los titulares de propiedad intelectual.
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